Lo que cuesta escriturar una compraventa y cuánto le toca a cada uno. Es un valor aproximado.
¿Quién paga los gastos notariales, el comprador o el vendedor?
Por costumbre, la notaría se paga por mitades. La retención en la fuente la paga el vendedor, porque es un anticipo de su impuesto de renta. El impuesto de registro y los derechos de registro los paga el comprador. Las partes pueden acordar otra cosa en la promesa de compraventa.
¿Cuánto cobra la notaría en 2026?
El 3 por mil del precio de venta, más IVA del 19 % y un recaudo fijo para la Superintendencia y el Fondo de Notariado. Aparte se cobran las hojas y las copias de la escritura, que dependen de qué tan larga sea y no entran en esta cuenta.
¿Qué es la boleta fiscal o impuesto de registro?
Es un impuesto del departamento por registrar la escritura. En Bogotá, Cundinamarca y Antioquia es el 1 % del precio. En otros departamentos puede ser menor: la ley lo deja entre el 0,5 % y el 1 %.
¿Qué pasa si el precio es menor que el avalúo catastral?
Todo se liquida sobre el avalúo catastral, que es el valor más alto. Poner en la escritura un precio menor al real no baja estos gastos por debajo de ese piso.
Fuente: resoluciones RES-2026-000964-6 y RES-2026-001726-6 de la Superintendencia de Notariado y Registro, artículo 398 del Estatuto Tributario y ordenanzas de Cundinamarca y Antioquia. Calculado con el impuesto de registro del 1 % y sin hojas ni copias. El valor exacto lo liquida la notaría.